Art. 1

Artículo 1 La Decisión (PESC) 2025/2379 se modifica como sigue: 1) En el artículo 1, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente: «3.   Para lograr el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales, así como los siguientes suministros y servicios, incluida la formación técnica, en caso necesario: a) obras de infraestructura y reforma en la École Nationale des sous-officiers d’active de Kalait (ENSOA-KA); b) equipos educativos para la ENSOA-KA; c) la reforma del plan de estudios de la ENSOA-KA; d) un programa de formación de formadores de la ENSOA-KA.». 2) En el artículo 4, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente: «2.   La ejecución de las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 3, de la presente Decisión correrá a cargo del Économat des Armées.».
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