Art. 1
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2025/2379 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:
«3. Para lograr el objetivo establecido en el apartado 2, la medida de asistencia financiará los siguientes tipos de equipos no diseñados para producir efectos letales, así como los siguientes suministros y servicios, incluida la formación técnica, en caso necesario:
a)
obras de infraestructura y reforma en la École Nationale des sous-officiers d’active de Kalait (ENSOA-KA);
b)
equipos educativos para la ENSOA-KA;
c)
la reforma del plan de estudios de la ENSOA-KA;
d)
un programa de formación de formadores de la ENSOA-KA.».
2)
En el artículo 4, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. La ejecución de las actividades a que se refiere el artículo 1, apartado 3, de la presente Decisión correrá a cargo del Économat des Armées.».
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Procelex:32026D1345#art-1