Art. 1

En vigor desde 9 ene 2026
Artículo 1 Se autoriza la firma del Acuerdo Interino de Comercio entre la Unión Europea, por una parte, y el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por otra parte (1), a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.
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