Art. 4

Modificación de la Decisión n.o 1/2022 del Comité Especializado en Transporte por Carretera

En vigor desde 27 oct 2025
Artículo 4 Modificación de la Decisión n.o 1/2022 del Comité Especializado en Transporte por Carretera El artículo 5 de la Decisión n.o 1/2022 del Comité Especializado en Transporte por Carretera se sustituye por el texto siguiente: «El Reino Unido contribuirá anualmente a los costes operativos y de mantenimiento del IMI en el marco establecido en la Decisión n.o …/2025 del Comité Especializado en Transporte por Carretera (*1). (*1)  Decisión n.o …/2025 del Comité Especializado en Transporte por Carretera establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, de …, relativa al importe y a las modalidades de la contribución financiera del Reino Unido a determinados sistemas de información sobre el transporte por carretera gestionados por la Unión y a la modificación de la Decisión n.o 1/2022 del Comité Especializado en Transporte por Carretera (DOUE L, …, ELI: …).»."
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