Art. 3

En vigor desde 18 sept 2025
Artículo 3 Una vez adoptadas, las Decisiones del Comité Mixto y de la Comisión Mixta a que se refieren los artículos 1 y 2 se publicarán en el Diario Oficial de la Unión Europea. La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
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