Art. 1
En vigor desde 18 jul 2025
Artículo 1
La Decisión (PESC) 2020/1465 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 3, apartado 1, se añade el inciso siguiente:
«—
2 200 000 EUR para el período comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.».
2)
En el artículo 5, el tercer apartado se sustituye por el texto siguiente:
«El presente Reglamento expirará el 30 de septiembre de 2026.».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2025:1473:oj#art-1