Art. 3

Obligación de información

En vigor desde 20 may 2025
Artículo 3 Obligación de información Los miembros del Comité Ejecutivo ante quienes respondan la Dirección General de Servicios Jurídicos y la Dirección General de Operaciones de Mercado informarán conjuntamente cada año al Comité Ejecutivo de todas las decisiones que hayan adoptado conforme al artículo 1 en el año natural precedente.
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