Art. 8

Incumplimiento de la presente Decisión

En vigor desde 5 may 2025
Artículo 8 Incumplimiento de la presente Decisión 1.   Si un diputado incumple la presente Decisión, podrá aplicarse el artículo 183 del Reglamento interno. 2.   Si un antiguo diputado incumple la presente Decisión, se aplicará el artículo 7 de la Decisión de la Mesa, de 17 de abril de 2023, sobre antiguos diputados. 3.   Si una persona que no sea un diputado o antiguo diputado incumple la presente Decisión, podrá ser expulsada de los locales del Parlamento en aplicación de la Decisión de la Mesa de 15 de enero de 2018 y el secretario general podrá decidir retirarle su tarjeta de acceso.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:C:2025:2744:oj#art-8

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil