Art. 2

Ámbito de aplicación

En vigor desde 31 mar 2025
Artículo 2 Ámbito de aplicación 1.   La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales por parte de la Comisión de las siguientes categorías de interesados: a) sospechosos; b) víctimas; c) denunciantes; d) informantes; e) testigos; f) personal de una empresa; g) personas físicas cuyos datos personales figuren en los documentos u otros soportes recogidos como parte de las tareas de supervisión, investigación, ejecución y seguimiento a que se refiere el Reglamento (UE) 2022/2065. 2.   La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales de las siguientes categorías de datos personales: a) datos de identificación; b) datos de contacto; c) datos de participación en el caso; d) datos relacionados con el caso; e) cualquier otra información que se considere necesaria para cumplir los requisitos del Reglamento (UE) 2022/2065, incluidos los datos personales a que se refieren el artículo 10, apartado 1, y el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1725.
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