Art. 2
Ámbito de aplicación
En vigor desde 31 mar 2025
Artículo 2
Ámbito de aplicación
1. La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales por parte de la Comisión de las siguientes categorías de interesados:
a)
sospechosos;
b)
víctimas;
c)
denunciantes;
d)
informantes;
e)
testigos;
f)
personal de una empresa;
g)
personas físicas cuyos datos personales figuren en los documentos u otros soportes recogidos como parte de las tareas de supervisión, investigación, ejecución y seguimiento a que se refiere el Reglamento (UE) 2022/2065.
2. La presente Decisión se aplica al tratamiento de datos personales de las siguientes categorías de datos personales:
a)
datos de identificación;
b)
datos de contacto;
c)
datos de participación en el caso;
d)
datos relacionados con el caso;
e)
cualquier otra información que se considere necesaria para cumplir los requisitos del Reglamento (UE) 2022/2065, incluidos los datos personales a que se refieren el artículo 10, apartado 1, y el artículo 11 del Reglamento (UE) 2018/1725.
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