Art. 1

En vigor desde 7 feb 2025
Artículo 1 Se autoriza la utilización, en Chequia, de los siguientes métodos de valoración del contenido de carne magra de las canales de cerdo de conformidad con el punto B.IV, apartado 1, del anexo IV del Reglamento (UE) n.o 1308/2013: a) el método de clasificación «Zwei-Punkte-Messverfahren» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte I del anexo; b) el aparato denominado «Fat-O-Meater (FOM)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte II del anexo; c) el aparato denominado «Hennessy Grading Probe (HGP 4)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte III del anexo; d) el aparato denominado «Ultra FOM 300» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte IV del anexo; e) el aparato denominado «Ultra-sound IS-D-05» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte V del anexo; f) el aparato denominado «Needle IS-D-15» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte VI del anexo; g) el aparato denominado «Fat-O-Meater II (FOM II)» y los métodos de valoración correspondientes, descritos en la parte VII del anexo. El método de clasificación «Zwei-Punkte-Messverfahren» podrá aplicarse únicamente en los mataderos cuya capacidad de sacrificio semanal no supere los 200 cerdos de media anual.
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