Art. 2

Entrada en vigor

En vigor desde 23 oct 2024
Artículo 2 Entrada en vigor La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:2829:oj#art-2

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil