Art. 1

En vigor desde 6 sept 2024
Artículo 1 Las personas cuyos nombres figuran en el anexo I son designadas coordinadores europeos de los corredores europeos de transporte, del Sistema Europeo de Gestión del Tráfico Ferroviario y del Espacio Marítimo Europeo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2024:2383:oj#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil