Art. 2

Definiciones

En vigor desde 12 jul 2024
Artículo 2 Definiciones A los efectos de la presente Decisión, se entenderá por: 1) «beneficiario»: un Estado miembro o un tercer país que sea parte en un acuerdo de préstamo en el marco de un programa CAM, o del presupuesto general de la Unión para la ayuda no reembolsable con arreglo al artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE, Euratom) 2020/2053; 2) «desembolso»: la transferencia del producto obtenido mediante operaciones de empréstito y de gestión de la deuda para financiar la ayuda reembolsable o no reembolsable a un beneficiario; 3) «instrumentos de financiación»: bonos, pagarés, efectos comerciales, letras de la UE o cualquier otra transacción financiera adecuada a corto o largo plazo en el marco de la estrategia de financiación diversificada; 4) «período de intereses»: período de doce meses, o cualquier otro período que se especifique en el aviso de confirmación, que comienza en la fecha de desembolso o en la fecha previa de pago de intereses; 5) «gestión de la liquidez»: gestión de los flujos de tesorería relacionados con instrumentos de financiación y desembolsos; 6) «acuerdo de préstamo»: un acuerdo relativo a una ayuda en forma de préstamo entre la Unión Europea, representada por la Comisión, y un beneficiario en el marco de un programa CAM; 7) «operaciones de empréstito»: las operaciones a que se refiere el artículo 2, punto 1, de la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 de la Comisión; 8) «operaciones de gestión de la deuda»: las operaciones a que se refiere el artículo 2, punto 2, de la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 de la Comisión; 9) «operaciones de gestión de la liquidez»: las operaciones a que se refiere el artículo 2, punto 3, de la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 de la Comisión; 10) «financiación a corto plazo»: la financiación a que se refiere el artículo 2, punto 16, de la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 de la Comisión; 11) «financiación a largo plazo»: la financiación a que se refiere el artículo 2, punto 10, de la Decisión de Ejecución (UE, Euratom) 2023/2825 de la Comisión; 12) «programa de beneficiario único»: un programa CAM cuyo acto de base permite el desembolso de préstamos o subvenciones a un único beneficiario; 13) «programa de beneficiarios múltiples»: un programa CAM cuyo acto de base permite el desembolso de préstamos o subvenciones a más de un beneficiario; 14) «programa NextGenerationEU» o «NGEU»: cualquier programa financiado en virtud del artículo 2, apartado 2, del Reglamento (UE) 2020/2094, siempre que aplique las medidas a que se refiere el artículo 1, apartado 2, de dicho Reglamento; 15) «préstamos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» («préstamos del MRR»): la ayuda en forma de préstamo en virtud del artículo 14 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (10); 16) «Mecanismo para Ucrania»: el mecanismo establecido por el Reglamento (UE) 2024/792 para prestar apoyo a Ucrania durante el período 2024-2027; 17) «Ayuda macrofinanciera+» («AMF+»): el instrumento establecido por el Reglamento (UE) 2022/2463 para prestar apoyo a Ucrania en 2023.
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