Art. 4

Ejecución

En vigor desde 21 may 2024
Artículo 4 Ejecución 1.   El Alto Representante será responsable de garantizar la ejecución de la presente Decisión de conformidad con la Decisión (PESC) 2021/509 y en consonancia con las normas relativas a la ejecución de los ingresos y gastos financiados con cargo al FEAP y con el marco metodológico integrado para evaluar y determinar las medidas y controles necesarios para las medidas de asistencia en el marco del FEAP. 2.   La prestación del apoyo y la provisión de los equipos a que se refiere el artículo 1, apartado 3, correrá a cargo del Consejo Internacional de Defensa — Grupo CID.
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