Art. 1

En vigor desde 28 feb 2024
Artículo 1 1.   En el anexo I, parte B, se añaden las entradas siguientes: «38. Carboximetilcelulosa sódica, con un límite máximo de uso del 0,01 % 39. Dicarbonato de dimetilo, con un límite máximo de uso de 200 ppm 40. Ácido láctico 41. Virutas de madera de roble 42. Poligalacturonasa (en lo sucesivo, “pectinasa”) de Trichoderma reesei RF6197 43. Carbonato de potasio 44. Poliaspartato de potasio, con un límite máximo de uso del 0,01 % 45. Manoproteínas de levadura, con un límite máximo de uso del 0,04 % 46. En Canadá no existe ningún requisito reglamentario de autorización previa de coadyuvantes o procesos físicos que se aplican a los vinos o a los ingredientes que se utilizan para la elaboración de vinos, como: a) aireación u oxigenación; b) intercambiadores de cationes para la acidificación; c) intercambiadores de cationes para la estabilización tartárica; d) eliminación del anhídrido sulfuroso mediante procedimientos físicos; e) resinas de intercambio iónico; f) gestión de gases disueltos en el vino mediante contactores de membrana; g) acoplamiento de membrana; h) tratamiento mediante procesos de alta presión en continuo; i) tratamiento mediante procesos de alta presión en discontinuo. No obstante, en todos los casos, el vino importado en Canadá deberá cumplir los requisitos establecidos en la norma canadiense para el vino que figura en la sección B.02.100. del Reglamento sobre alimentos y medicamentos.». 2.   En el anexo III a) se añade la siguiente sección: « EN LA UNIÓN EUROPEA El siguiente cuadro enumera indicaciones geográficas de los vinos originarios de la Unión Europea protegidas en virtud del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 (1) por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios: Origen Indicación geográfica España Campo de Cartagena España Catalunya España Jerez España Penedès España PRIORAT España Sherry España Xérès Francia Bourgogne Passe-tout-grains Italia Colli Altotiberini Italia Colli Asolani Italia Conegliano Valdobbiadene Italia Corti Benedettine del Padovano Italia Olevano Romano Italia Ormeasco di Pornassio Italia Prosecco Italia Riviera del Brenta Italia Terre dell’ Alta Val d’ Agri Italia Torgiano Rosso Riserva Italia Valcamonica Italia Valtellina rosso Chipre Commandaria (2) Hungría Tokaj/Tokaji». 3.   En el anexo III b) se añaden las entradas siguientes: «BC Gulf Islands Beamsville Bench British Columbia Creek Shores Four Mile Creek Lincoln Lakeshore Niagara Escarpment Niagara Lakeshore Niagara River Niagara-on-the-Lake Ontario Short Hills Bench St. David's Bench Twenty Mile Bench Vinemount Ridge» 4.   En el anexo IV a) se añade la siguiente sección: «El siguiente cuadro enumera indicaciones geográficas de bebidas espirituosas originarias de la Unión Europea protegidas en virtud del Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas (3): Origen Indicación geográfica Categoría de productos Francia Calvados Pays d'Auge Aguardiente de sidra y aguardiente de perada». 5.   En el anexo VI, la lista de las autoridades competentes se modifica como sigue: «British Columbia Wine Institute (VQA Rules)» en la letra a) se sustituye por «British Columbia Wine Association (VQA Rules)». Se añade el párrafo tercero siguiente: «c) Conseil des Appellations réservées et des Termes Valorisants».
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