Art. 1
En vigor desde 28 feb 2024
Artículo 1
1. En el anexo I, parte B, se añaden las entradas siguientes:
«38.
Carboximetilcelulosa sódica, con un límite máximo de uso del 0,01 %
39.
Dicarbonato de dimetilo, con un límite máximo de uso de 200 ppm
40.
Ácido láctico
41.
Virutas de madera de roble
42.
Poligalacturonasa (en lo sucesivo, “pectinasa”) de Trichoderma reesei RF6197
43.
Carbonato de potasio
44.
Poliaspartato de potasio, con un límite máximo de uso del 0,01 %
45.
Manoproteínas de levadura, con un límite máximo de uso del 0,04 %
46.
En Canadá no existe ningún requisito reglamentario de autorización previa de coadyuvantes o procesos físicos que se aplican a los vinos o a los ingredientes que se utilizan para la elaboración de vinos, como:
a)
aireación u oxigenación;
b)
intercambiadores de cationes para la acidificación;
c)
intercambiadores de cationes para la estabilización tartárica;
d)
eliminación del anhídrido sulfuroso mediante procedimientos físicos;
e)
resinas de intercambio iónico;
f)
gestión de gases disueltos en el vino mediante contactores de membrana;
g)
acoplamiento de membrana;
h)
tratamiento mediante procesos de alta presión en continuo;
i)
tratamiento mediante procesos de alta presión en discontinuo.
No obstante, en todos los casos, el vino importado en Canadá deberá cumplir los requisitos establecidos en la norma canadiense para el vino que figura en la sección B.02.100. del Reglamento sobre alimentos y medicamentos.».
2. En el anexo III a) se añade la siguiente sección:
«
EN LA UNIÓN EUROPEA
El siguiente cuadro enumera indicaciones geográficas de los vinos originarios de la Unión Europea protegidas en virtud del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 (1) por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios:
Origen
Indicación geográfica
España
Campo de Cartagena
España
Catalunya
España
Jerez
España
Penedès
España
PRIORAT
España
Sherry
España
Xérès
Francia
Bourgogne Passe-tout-grains
Italia
Colli Altotiberini
Italia
Colli Asolani
Italia
Conegliano Valdobbiadene
Italia
Corti Benedettine del Padovano
Italia
Olevano Romano
Italia
Ormeasco di Pornassio
Italia
Prosecco
Italia
Riviera del Brenta
Italia
Terre dell’ Alta Val d’ Agri
Italia
Torgiano Rosso Riserva
Italia
Valcamonica
Italia
Valtellina rosso
Chipre
Commandaria (2)
Hungría
Tokaj/Tokaji».
3. En el anexo III b) se añaden las entradas siguientes:
«BC Gulf Islands
Beamsville Bench
British Columbia
Creek Shores
Four Mile Creek
Lincoln Lakeshore
Niagara Escarpment
Niagara Lakeshore
Niagara River
Niagara-on-the-Lake
Ontario
Short Hills Bench
St. David's Bench
Twenty Mile Bench
Vinemount Ridge»
4. En el anexo IV a) se añade la siguiente sección:
«El siguiente cuadro enumera indicaciones geográficas de bebidas espirituosas originarias de la Unión Europea protegidas en virtud del Reglamento (UE) 2019/787 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a la definición, designación, presentación y etiquetado de las bebidas espirituosas (3):
Origen
Indicación geográfica
Categoría de productos
Francia
Calvados Pays d'Auge
Aguardiente de sidra y aguardiente de perada».
5. En el anexo VI, la lista de las autoridades competentes se modifica como sigue:
«British Columbia Wine Institute (VQA Rules)» en la letra a) se sustituye por «British Columbia Wine Association (VQA Rules)».
Se añade el párrafo tercero siguiente: «c) Conseil des Appellations réservées et des Termes Valorisants».
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