Art. 1

En vigor desde 26 feb 2024
Artículo 1 Se autoriza a Polonia a aplicar tipos reducidos de impuestos especiales al fuelóleo pesado, el gas natural, el carbón y el coque, utilizados como combustibles para calefacción, por debajo de los niveles mínimos de imposición pertinentes indicados en el artículo 9 de la Directiva 2003/96/CE.
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