Art. 1
En vigor desde 23 feb 2024
Artículo 1
La Decisión 2014/512/PESC se modifica como sigue:
1)
En el artículo 4 quaterdecies se inserta el apartado siguiente:
«3 bis quater. Con respecto a los productos clasificados en los códigos NC 850410, 850421, 850422, 850423, 850431, 850440, 850450 y 850490, las prohibiciones establecidas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a la ejecución, hasta el 25 de mayo de 2024, de los contratos celebrados antes del 24 de febrero de 2024, ni a la de los contratos accesorios necesarios para la ejecución de dichos contratos.»
.
2)
Los anexos de la Decisión 2014/512/PESC se modifican de conformidad con el anexo de la presente Decisión.
Historial de versiones
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Proeli:dec:2024:746:oj#art-1