Art. 3

Entrada en vigor y derogación

En vigor desde 7 dic 2023
Artículo 3 Entrada en vigor y derogación 1.   La presente decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2024. 2.   La Decisión (UE) 2020/137 (BCE/2020/3) se deroga con efectos desde el 1 de enero de 2024. 3.   Las referencias a la Decisión (UE) 2020/137 (BCE/2020/3) se entenderán hechas a la presente decisión.
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