Art. 3
Entrada en vigor y derogación
En vigor desde 7 dic 2023
Artículo 3
Entrada en vigor y derogación
1. La presente decisión entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
2. La Decisión (UE) 2020/137 (BCE/2020/3) se deroga con efectos desde el 1 de enero de 2024.
3. Las referencias a la Decisión (UE) 2020/137 (BCE/2020/3) se entenderán hechas a la presente decisión.
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