Art. 6

Funcionamiento

En vigor desde 10 oct 2023
Artículo 6 Funcionamiento 1.   El Grupo actuará a petición de su presidente, con el acuerdo de la DG MOVE y de conformidad con las normas horizontales y su reglamento interno (9). 2.   Las reuniones del Grupo se celebrarán, en principio, en las dependencias de la Comisión o de forma virtual, según las circunstancias. 3.   Las reuniones contarán con la asistencia de funcionarios de la DG MOVE, que se encargarán de los servicios de apoyo y secretaría (10). También podrán asistir funcionarios de otros servicios de la Comisión con interés en los procedimientos. 4.   Previo acuerdo con la DG MOVE, el Grupo podrá decidir, por mayoría simple de sus miembros, que las deliberaciones sean públicas. 5.   Las actas de las deliberaciones de cada punto del orden del día y de los dictámenes emitidos por el Grupo serán pertinentes y completas. Las actas serán elaboradas por los servicios de la secretaría, bajo la responsabilidad del presidente. 6.   En la medida de lo posible, el Grupo aprobará sus dictámenes, recomendaciones o informes por consenso. En caso de votación, el resultado se decidirá por mayoría simple de sus miembros. Los miembros que hayan votado en contra o se hayan abstenido tendrán derecho a resumir por escrito los motivos de su posición en un anexo a los dictámenes, recomendaciones o informes.
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