Art. 1
En vigor desde 30 ene 2023
Artículo 1
Las ventajas que se precisan a continuación, contempladas en el anexo III del Tratado y concedidas en beneficio de la empresa común Hochtemperatur-Kernkraftwerk GmbH (HKG), quedan prorrogadas por un período de cinco años con efectos a partir del 1 de enero de 2018:
a)
de conformidad con el punto 4 de dicho anexo, exención del Grunderwerbsteuer (impuesto sobre la adquisición de bienes inmuebles);
b)
de conformidad con el punto 5 de dicho anexo, exención de cualquier impuesto directo que pudiera aplicarse a la empresa común, a sus bienes, activos y rentas.
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