Art. 2

En vigor desde 17 ene 2023
Artículo 2 1.   El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (en lo sucesivo, «Alto Representante») será responsable de la aplicación de la presente Decisión. 2.   La Fondation pour la recherche stratégique (en lo sucesivo, «FRS») se encargará de la ejecución técnica de la acción a que se refiere el artículo 1. 3.   La FRS llevará a cabo la labor a que se refiere el apartado 2 bajo la responsabilidad del Alto Representante. Para ello, el Alto Representante suscribirá los acuerdos necesarios con la FRS.
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