Art. 1
En vigor desde 25 nov 2022
Artículo 1
1. La Unión prestará apoyo a sus socios de los Balcanes Occidentales en la aplicación de la hoja de ruta regional para una solución sostenible a la posesión ilegal, uso indebido y tráfico de APAL/armas de fuego y sus municiones en los Balcanes Occidentales para 2024. Los objetivos de dicha hoja de ruta son los siguientes:
a)
de aquí a 2023, garantizar la existencia de una legislación en materia de control de armas que esté plenamente armonizada con el marco reglamentario de la Unión y con otras obligaciones internacionales conexas y normalizada en toda la región,
b)
de aquí a 2024, garantizar que las políticas y prácticas de control de armas en los Balcanes Occidentales se basen en pruebas y en la información los servicios de inteligencia,
c)
de aquí a 2024, reducir significativamente los flujos ilícitos de armas de fuego, municiones y explosivos que circulan hacia, dentro de o desde los Balcanes Occidentales,
d)
de aquí a 2024, reducir de forma significativa la oferta, la demanda y el uso indebido de armas de fuego mediante una mayor concienciación, educación, divulgación y sensibilización respecto a esta cuestión,
e)
de aquí a 2024, reducir sustancialmente el número de armas de fuego poseídas de forma ilícita en los Balcanes Occidentales,
f)
llevar a cabo una reducción sistemática de excedentes y la destrucción de las armas pequeñas y ligeras y sus municiones incautadas,
g)
llevar a cabo una disminución significativa del riesgo de proliferación y desvío de armas de fuego, municiones y explosivos.
2. Además de los objetivos mencionados en el apartado 1, con la actuación de la Unión se prestará apoyo a la lucha contra el tráfico ilícito de armas en la República de Moldavia y Ucrania.
3. A fin de alcanzar los objetivos mencionados en los apartados 1 y 2, la Unión, en virtud de la presente Decisión:
a)
apoyará la coordinación y la supervisión de la aplicación de la hoja de ruta para llegar a una solución sostenible a la posesión ilegal, el uso indebido y el tráfico de APAL/armas de fuego y sus municiones en los Balcanes Occidentales;
b)
ayudará a las autoridades de los Balcanes Occidentales a armonizar plenamente su legislación en materia de control de armas con el marco reglamentario de la Unión y con otras obligaciones internacionales conexas, y
c)
prestará apoyo a la lucha contra el tráfico ilícito de armas en los Balcanes Occidentales, en la República de Moldavia y en Ucrania mediante evaluaciones de capacidad y asistencia técnica a los cuerpos y fuerzas de seguridad y a las autoridades policiales de fronteras.
4. El ámbito geográfico del proyecto lo constituyen los Balcanes Occidentales y sus beneficiarios directos son Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo (*), Montenegro, Serbia y Macedonia del Norte.
Además, respecto a los objetivos mencionados en el apartado 2, el proyecto prestará apoyo a la República de Moldavia y a Ucrania.
5. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.
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