Art. 6
Concesión de las autorizaciones
En vigor desde 30 sept 2022
Artículo 6
Concesión de las autorizaciones
Las autorizaciones a explotaciones de prados y pastos para aplicar una cantidad más elevada de estiércol de herbívoros en dichas explotaciones, incluido el excretado por los propios animales, estarán supeditadas a las condiciones establecidas en los artículos 7, 8 y 9.
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