Art. 2
En vigor desde 25 ene 2022
Artículo 2
El destinatario de la presente Decisión es la República Portuguesa.
La presente Decisión surtirá efecto el día de su notificación al destinatario
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2022:99:oj#art-2