Art. 20

Confidencialidad

En vigor desde 24 nov 2021
Artículo 20 Confidencialidad Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17, EURAMET garantizará la protección de la información confidencial cuya divulgación fuera de las instituciones y de otros órganos u organismos de la Unión pueda perjudicar los intereses de los miembros de EURAMET o de los participantes en las actividades de la Asociación de Metrología. Dicha información confidencial incluye, entre otras cosas, información personal, comercial, delicada no clasificada y clasificada.
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