Art. 93

Derogación y disposiciones transitorias

En vigor desde 5 oct 2021
Artículo 93 Derogación y disposiciones transitorias 1.   Queda derogada la Decisión 2013/755/UE con efecto a partir del 1 de enero de 2021. 2.   La presente Decisión no afectará a la continuación o la modificación de las acciones iniciadas en virtud de la Decisión 2013/755/UE, que seguirá aplicándose a dichas acciones hasta su finalización. 3.   La dotación financiera del Programa podrá cubrir también gastos de asistencia técnica y administrativa necesarios para garantizar la transición entre el Programa y las medidas adoptadas en virtud de la Decisión 2013/755/UE. 4.   En caso necesario, podrán consignarse en el presupuesto de la Unión créditos después de 2027 a fin de cubrir los gastos mencionados en el artículo 80 y permitir así la gestión de las acciones no finalizadas a 31 de diciembre de 2027.
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