Art. 2
Metodología para la determinación del peso de los residuos de botellas de un solo uso recogidos por separado
En vigor desde 1 oct 2021
Artículo 2
Metodología para la determinación del peso de los residuos de botellas de un solo uso recogidos por separado
1. El peso de los residuos de botellas de un solo uso incluirá el peso de sus tapas y tapones.
2. El peso de los residuos de botellas de un solo uso no incluirá el peso de los restos de bebidas.
3. El peso de los residuos de botellas de un solo uso podrá incluir el peso de etiquetas y adhesivos únicamente si ese peso también está incluido en el peso de las botellas de un solo uso introducidas en el mercado.
4. Los residuos de botellas de un solo uso se considerarán recogidos por separado cuando se cumpla una de las condiciones siguientes:
a)
los residuos de botellas de un solo uso se han recogido por separado de cualquier otro residuo para su reciclado;
b)
los residuos de botellas de un solo uso se han recogido junto con otras fracciones de residuos municipales de envases o con otras fracciones de residuos municipales de plástico, metal, papel o vidrio que no son residuos de envases recogidas por separado para su reciclado, y
i)
el sistema de recogida no admite residuos que puedan contener sustancias peligrosas,
ii)
la recogida de residuos y la posterior clasificación de estos se han concebido y se llevan a cabo de forma que se reduzca al mínimo la contaminación de los residuos de botellas de un solo uso recogidos por residuos plásticos no procedentes de esas botellas y por otros residuos,
iii)
los operadores de residuos han establecido sistemas de aseguramiento de la calidad para verificar que se cumplen las condiciones establecidas en los incisos i) y ii).
5. Los sistemas de aseguramiento de la calidad a que se refiere el apartado 4, letra b), inciso iii):
a)
tendrán en cuenta las adecuación, conocimientos y competencias del personal y la organización de las instalaciones y el equipo en la medida necesaria para garantizar que los residuos de botellas de un solo uso recogidos cumplan las condiciones establecidas en el apartado 4, letra b), incisos i) y ii);
b)
llevarán a cabo las operaciones de verificación de acuerdo con instrucciones y procedimientos preestablecidos;
c)
estarán certificados por un tercero independiente.
6. Los residuos de botellas de un solo uso recogidos por separado de conformidad con el apartado 4, letra a), se pesarán en el punto en el que se recojan o a la salida de las operaciones de clasificación. El peso de esos residuos de botellas podrá calcularse contando las botellas, siempre que se apliquen factores de conversión que tengan en cuenta el peso de cada una de las botellas, su tipo de polímero y sus tapas y tapones, así como las pérdidas durante las operaciones de clasificación posteriores.
7. Los residuos de botellas de un solo uso recogidos por separado de conformidad con el apartado 4, letra b), se pesarán a la salida de las operaciones de clasificación en las que se separan de los demás residuos con los que fueron recogidos.
8. Cuando los residuos de botellas de un solo uso y otros residuos de envases del mismo polímero estén presentes a la salida de una operación de clasificación, el peso de los residuos de botellas de un solo uso será proporcional al porcentaje de residuos de botellas de un solo uso que entraron en esa operación de clasificación. Ese porcentaje se determinará sobre la base de un muestreo representativo y el posterior análisis de composición o mediante la utilización de registros electrónicos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec_impl:2021:1752:oj#art-2