Art. 5

En vigor desde 21 sept 2021
Artículo 5 La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Expirará a los veinticuatro meses de la fecha de celebración del acuerdo al que hace referencia el artículo 3, apartado 3. No obstante, expirará a los seis meses de la fecha de su entrada en vigor, en caso de no celebrarse el citado acuerdo dentro de este plazo.
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