Art. 4

Conservación de datos personales

En vigor desde 10 nov 2020
Artículo 4 Conservación de datos personales Cuando la información intercambiada a través del IMI contenga un conjunto de datos que incluya tanto datos personales como no personales, los datos personales se tratarán en el IMI de conformidad con el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1024/2012.
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