Art. 2
Objetivos estratégicos
En vigor desde 30 jul 2020
Artículo 2
Objetivos estratégicos
El mandato del REUE se basará en los objetivos estratégicos de la Unión en Kosovo. Entre estos objetivos figuran el desempeño de un papel protagonista en el fomento de un Kosovo estable, viable, pacífico, democrático y multiétnico que coopere con la región; el fortalecimiento de la estabilidad en la región y la contribución a la cooperación regional y a unas relaciones de buena vecindad en los Balcanes Occidentales; el fomento de la adhesión de Kosovo al Estado de Derecho y a la protección de las minorías y del patrimonio cultural y religioso; el apoyo a la perspectiva europea de Kosovo y su aproximación a la Unión, en consonancia con la perspectiva de la región y conforme al Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y Kosovo, por otra (5) (en lo sucesivo, «Acuerdo de Estabilización y Asociación») y la Decisión (UE) 2015/1988 del Consejo (6), y de conformidad con las correspondientes conclusiones del Consejo.
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