Art. 4
En vigor desde 26 jun 2020
Artículo 4
El artículo 3, apartados 2 a 5, y los artículos 4 y 5 de la Decisión 2012/708/UE dejarán de aplicarse en la fecha de entrada en vigor de la presente Decisión.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2020:948:oj#art-4