Art. 2
En vigor desde 2 mar 2020
Artículo 2
1. La prórroga de la ayuda de salvamento desde el 11 de julio de 2011 hasta el 18 de septiembre de 2012 constituye ayuda estatal a Tirrenia en el sentido del artículo 107, apartado 1 del TFUE. Italia ejecutó la ayuda estatal ilegalmente contraviniendo el artículo 108, apartado 3, del TFUE.
2. La ayuda a que se refiere el apartado 1 del presente artículo, que asciende a 25 203 063,89 EUR, es incompatible con el mercado interior.
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