Art. 4

Código de ecoinnovación

En vigor desde 6 feb 2020
Artículo 4 Código de ecoinnovación 1.   A la tecnología innovadora aprobada por la presente Decisión se le asigna el código de ecoinnovación n.o 29. 2.   La reducción de las emisiones de CO2 certificada registrada haciendo referencia a ese código de ecoinnovación podrá tenerse en cuenta en el cálculo de las emisiones medias específicas de los fabricantes a partir del año natural de 2021.
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