Art. 1

En vigor desde 20 ene 2020
Artículo 1 Por la presente Decisión se fijan a nivel de la Unión las zonas de protección y de vigilancia que deben establecer los Estados miembros mencionados en el anexo de la presente Decisión (los Estados miembros afectados) tras la aparición de un brote o de brotes de gripe aviar de alta patogenicidad en aves de corral o aves cautivas, de conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva 2005/94/CE, y se establece la duración de las medidas que deben aplicarse de conformidad con el artículo 29, apartado 1, y el artículo 31 de la Directiva 2005/94/CE.
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