Art. 3

Actualizaciones

En vigor desde 13 dic 2019
Artículo 3 Actualizaciones El programa de trabajo será objeto de actualizaciones periódicas con el fin de garantizar su conformidad a los últimos avances en la aplicación del Reglamento (UE) n.o 952/2013 y su adaptación a ellos, así como para tener en cuenta los progresos efectivos realizados en la preparación y el desarrollo de los sistemas electrónicos. Esto se aplica especialmente a la disponibilidad de especificaciones acordadas conjuntamente y a la puesta en funcionamiento de los sistemas electrónicos.
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eli:dec_impl:2019:2151:oj#art-3

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