Art. 1
En vigor desde 2 dic 2019
Artículo 1
1. La finalidad de la presente Decisión consiste en reforzar las capacidades del servicio estatal de guardia fronteriza de Ucrania, del Ministerio del Interior de Ucrania y de la agencia tributaria/servicio aduanero estatal de Ucrania para luchar contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos en Ucrania.
2. De conformidad con el apartado 1, los objetivos de la presente Decisión son los siguientes:
a)
mejorar las capacidades del servicio estatal de guardia fronteriza, del Ministerio del Interior y de la agencia tributaria/servicio aduanero estatal de Ucrania en lo que respecta a la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos;
b)
reforzar las capacidades de supervisión del Ministerio del Interior en lo que respecta al control de la fabricación, el marcado y el registro de armas, municiones y explosivos, según las necesidades definidas en la evaluación de necesidades;
c)
mejorar las capacidades operativas del Ministerio del Interior, así como las de la Policía Nacional de Ucrania, que depende del Ministerio del Interior, en lo que respecta a criminalística, análisis, detección, localización e investigación del tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos;
d)
reforzar las capacidades del Ministerio del Interior para mejorar los mecanismos legislativos de regulación y control de la circulación y el uso de armas, municiones y explosivos, así como para concienciar a la opinión pública sobre los riesgos relacionados con la posesión ilegal, el uso indebido y el tráfico de armas, municiones y explosivos, según las necesidades definidas en la evaluación de necesidades;
e)
mejorar la coordinación y la cooperación entre organismos, con el consiguiente desarrollo de un enfoque estratégico, de la recogida de datos y del análisis en la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos en Ucrania, según las necesidades definidas en la evaluación de necesidades.
3. De conformidad con el apartado 2, la Unión apoyará las siguientes acciones:
a)
la mejora del marco normativo y legislativo correspondiente;
b)
la recogida, la compilación y el intercambio de datos pertinentes, que comprende el desarrollo y la unificación de las bases de datos electrónicas;
c)
el desarrollo de las capacidades de las instituciones correspondientes;
d)
la prestación de formación;
e)
la adquisición de equipos e infraestructuras especializados, en particular las capacidades de detección canina;
f)
la creación de plataformas para mejorar la coordinación nacional entre organismos y la clarificación de los mandatos, facilitando la cooperación y el intercambio de información;
g)
la concienciación de la opinión pública;
h)
los intercambios y la cooperación regionales e internacionales.
4. Los beneficiarios del proyecto serán las autoridades nacionales de Ucrania responsables de la prevención y lucha contra el tráfico ilícito de armas, municiones y explosivos. Las principales autoridades destinatarias serán las siguientes: el servicio estatal de guardia fronteriza, el Ministerio del Interior, así como la Policía Nacional de Ucrania, que depende del Ministerio del Interior, y la agencia tributaria/servicio aduanero estatal. Otras autoridades nacionales autorizadas, como el servicio de seguridad de Ucrania, serán partícipes en determinados casos.
5. En el anexo de la presente Decisión figura una descripción pormenorizada del proyecto.
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