Art. 1

Organismo modificado genéticamente e identificador único

En vigor desde 26 jul 2019
Artículo 1 Organismo modificado genéticamente e identificador único Se asigna al maíz (Zea mays L.) modificado genéticamente 5307, según se especifica en la letra b) del anexo de la presente Decisión, el identificador único SYN-Ø53Ø7-1, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 65/2004.
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eli:dec_impl:2019:1303:oj#art-1

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