Art. 4

Entrada en vigor y aplicación

En vigor desde 19 mar 2019
Artículo 4 Entrada en vigor y aplicación 1.   La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. 2.   Los artículos 1 y 2 se aplicarán a partir del día siguiente a aquel en que la Directiva 2012/27/UE y el Reglamento (UE) 2018/1999 dejen de aplicarse al y en el Reino Unido.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:dec:2019:504:oj#art-4

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil