Art. 4
Disposiciones transitorias
En vigor desde 18 feb 2019
Artículo 4
Disposiciones transitorias
Durante un período transitorio que durará hasta el 31 de diciembre de 2019, los Estados miembros autorizarán las importaciones en la Unión de perros, gatos y hurones que vayan acompañados de un certificado sanitario expedido no más tarde del 30 de noviembre de 2019 de conformidad con el modelo que figura en la parte 1 del anexo de la Decisión de Ejecución 2013/519/UE.
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