Art. 4

Clausura formal de los procedimientos de cooperación administrativa

En vigor desde 16 ene 2019
Artículo 4 Clausura formal de los procedimientos de cooperación administrativa A los efectos del bloqueo y la supresión de los datos de carácter personal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (UE) n.o 1024/2012, la fecha de expiración transmitida en virtud de lo establecido, según proceda, en el artículo 4, apartado 1, letra e), o en el artículo 6, apartado 1, letra g), del Reglamento Delegado (UE) 2019/686 se considerará la fecha de clausura formal del procedimiento de cooperación administrativa de que se trate.
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