Art. 1

El proyecto piloto

En vigor desde 16 ene 2019
Artículo 1 El proyecto piloto Los apartados 2 y 4 del artículo 13 de la Directiva 91/477/CEE, en la medida en que el intercambio de información que se menciona en ellos esté incluido en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2019/686, serán objeto de un proyecto piloto para aplicar las disposiciones sobre cooperación administrativa establecidas en dichos apartados, tal y como se explican con más detalle en ese Reglamento Delegado, por medio del Sistema de Información del Mercado Interior («IMI»).
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eli:dec:2019:689:oj#art-1

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