Art. 1
En vigor desde 10 dic 2018
Artículo 1
En el artículo 2, de la Decisión 2010/231/PESC, el primer guion se sustituye por el texto siguiente:
«—
participen, o les presten apoyo, en actos que amenacen la paz, la seguridad o la estabilidad de Somalia, cuando dichos actos supongan, sin excluir otros:
i)
la planificación, la dirección o la comisión de actos de violencia sexual y de género,
ii)
actos que supongan una amenaza para el proceso de paz y reconciliación de Somalia,
iii)
supongan una amenaza para el Gobierno Federal de Somalia o la AMISOM recurriendo a la fuerza.».
Historial de versiones
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Proeli:dec:2018:1945:oj#art-1