Art. 1

Art. 1

En vigor desde 10 dic 2018
Artículo 1 En el artículo 2, de la Decisión 2010/231/PESC, el primer guion se sustituye por el texto siguiente: «— participen, o les presten apoyo, en actos que amenacen la paz, la seguridad o la estabilidad de Somalia, cuando dichos actos supongan, sin excluir otros: i) la planificación, la dirección o la comisión de actos de violencia sexual y de género, ii) actos que supongan una amenaza para el proceso de paz y reconciliación de Somalia, iii) supongan una amenaza para el Gobierno Federal de Somalia o la AMISOM recurriendo a la fuerza.».
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