Art. 1

En vigor desde 19 nov 2018
Artículo 1 La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en el Grupo de expertos sobre el Acuerdo europeo sobre el trabajo de tripulaciones de vehículos que efectúen transportes internacionales por carretera (AETR) será favorable a las enmiendas del AETR propuestas en el documento adjunto a la presente Decisión.
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