Art. 3
Mandato
En vigor desde 25 jun 2018
Artículo 3
Mandato
Para alcanzar los objetivos políticos, el mandato del REUE consistirá en:
a)
ofrecer el asesoramiento y apoyo de la Unión en el proceso político;
b)
promover la coordinación política global de la Unión en Kosovo;
c)
reforzar la presencia de la Unión en Kosovo y garantizar su coherencia y eficacia;
d)
proporcionar orientación política local al jefe de la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX KOSOVO), incluso en los aspectos políticos de cuestiones relativas a responsabilidades ejecutivas;
e)
garantizar la uniformidad y coherencia de la acción de la Unión en Kosovo, en particular a la hora de guiar localmente la transición de EULEX KOSOVO de cara a la futura transferencia de actividades al REUE o a la Oficina de la UE en Kosovo y/o a las autoridades locales, según proceda;
f)
apoyar la perspectiva europea de Kosovo y su acercamiento a la Unión, en la línea de la perspectiva de la región y conforme al Acuerdo de Estabilización y Asociación y a la Decisión (UE) 2015/1988, así como de conformidad con las conclusiones del Consejo pertinentes, mediante comunicaciones públicas específicas y actividades de promoción de la Unión destinadas a garantizar un mayor entendimiento y apoyo por parte del público de Kosovo respecto de cuestiones relativas a la Unión, incluido el trabajo de EULEX KOSOVO;
g)
seguir, apoyar y facilitar, con todos los medios e instrumentos de los que dispone el REUE y con la asistencia de la Oficina de la UE en Kosovo, el avance de las prioridades políticas, económicas y europeas, de conformidad con las respectivas competencias y responsabilidades institucionales y apoyar la aplicación del Acuerdo de Estabilización y Asociación a través del programa europeo de reforma, entre otros medios;
h)
contribuir al desarrollo y consolidación del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en Kosovo, incluidos los de las mujeres y los niños, así como a la protección de las minorías, en consonancia con la política de derechos humanos de la Unión y con las Directrices de la Unión en materia de derechos humanos;
i)
ayudar al mantenimiento del diálogo entre Belgrado y Pristina facilitado por la Unión, incluidas las tareas de apoyo operativo que deben transferirse de EULEX KOSOVO;
j)
apoyar el mandato de las Salas Especializadas y de la Fiscalía Especializada, según proceda, por ejemplo mediante actividades de comunicación o de promoción.
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