Art. 7

Evaluación

En vigor desde 16 may 2018
Artículo 7 Evaluación Se presentará al Parlamento Europeo y al Consejo, a más tardar el 31 de diciembre de 2021, una evaluación del resultado del proyecto piloto a que se hace referencia en el artículo 4, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1024/2012.
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