Art. 7
Entrada en vigor y expiración
En vigor desde 26 abr 2018
Artículo 7
Entrada en vigor y expiración
La presente Decisión entrará en vigor en la fecha de su adopción. Expirará 36 meses después de la fecha de la celebración del acuerdo a que se refiere el artículo 4, apartado 3, a menos que el Consejo decida prorrogarla otros 12 meses.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:dec:2018:653:oj#art-7