Art. 5

En vigor desde 18 dic 2017
Artículo 5 1.   La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. 2.   Caducará a los 40 meses de la fecha de celebración del acuerdo de subvención previsto en el artículo 3, apartado 3. No obstante, caducará a los seis meses de su entrada en vigor en caso de que en el ínterin no se haya celebrado un acuerdo de subvención.
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