Art. 9
Control político y dirección estratégica
En vigor desde 16 oct 2017
Artículo 9
Control político y dirección estratégica
1. El CPS ejercerá, bajo la responsabilidad del Consejo y de la Alta Representante, el control político y la dirección estratégica de la EUAM Irak. Por la presente el Consejo autoriza al CPS a tomar las decisiones oportunas al efecto, de conformidad con el párrafo tercero del artículo 38 del TUE. Esta autorización incluye las competencias para nombrar un Jefe de Misión, a propuesta de la Alta Representante, y para modificar el plan de operaciones (OPLAN). Los poderes de decisión con respecto a los objetivos y la finalización de la EUAM Irak seguirán correspondiendo al Consejo.
2. El CPS informará al Consejo periódicamente.
3. El CPS recibirá periódicamente, y cuando fuere necesario, informes del comandante de la operación civil y del Jefe de Misión sobre cuestiones correspondientes a sus respectivos ámbitos de responsabilidad.
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